Legislacion

NORMATIVA Y CASCO
“QUADS” VEHÍCULOS ESPECIALES En su ficha técnica se detalla como máquina de servicios automotriz y nos indica en la parte superior izquierda de la misma el número 64, esto significa que se trata de un VEHÍCULO ESPECIAL.

CASCO OBLIGATORIO PARA TODOS LOS QUADS Y ATV A PARTIR DEL 1 SEPTIEMBRE 2006
A partir del 1 de septiembre de 2006 el uso del casco pasa a ser obligatorio también en los quad homologados como Vehículos Especiales.

REAL DECRETO 2005
REAL DECRETO 949/2005, de 29 de julio, por el que se aprueban medidas en relación con las adoptadas en el Real Decreto-ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales.

LEY 10/2006, DE 28 DE ABRIL, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 43/2003 DE 21 DE NOVIEMBRE, DE MONTES
Juan Carlos I, Rey de España A todos los que la presente vieren y entendieren.

NORMATIVA DE LOS QUADS
Desde hace ya varios años se viene observando un enorme crecimiento en la matriculación de vehículos denominados “quads”.

LA SANCION POR CIRCULAR SIN SEGURO
Los distintos cuerpos legislativos que se han modificado en las ultimas fechas son : a) El Código Penal b) La Ley sobre Tráfico, Circulacion de Vehiculos a Motor y Seguridad Vial.

POR DONDE SE PUEDE CIRCULAR
Se puede transitar por cualquier vía pública, carreteres nacionales y secundarias, y por autovías; siempre por el arcén, y rodando a una velocidad máxima de 45KM/H.

LEGISLACION ITV
El Real Decreto 2344/1985, de 20 de noviembre, por el que se regulaba la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), estableció los tipos y frecuencias de las inspecciones técnicas a que han de someterse los vehículos matriculados en España.

MODIFICACION NORMATIVA ASTURIAS
De toda la normativa, el articulo que realmente nos interesa es el 48

NORMATIVA ACTUAL PARA TODOS LOS TIPOS DE QUADS
Cuadriciclo: Se clasifica en el Reglamento de vehículos hasta 600Kg.

NOVEDADES MÁS IMPORTANTES QUE APORTA EL REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES
La modificación del Reglamento General de Conductores (RD 772/1997), aprobada recientemente por el Consejo de Ministros a través del Real Decreto 1598/2004, obedece a tres necesidades distintas: La de adaptarlo a la normativa europea incluida en la Directiva 91/439/CEE, que aún no tenía aspectos comtemplados en el Reglamento de 1997; la de incorporar las novedades de la Directiva 2000/56/CE aprobada por Bruselas; y la de dar solución a los problemas que han ido surgiendo en la práctica desde la aprobación del Reglamento hace ya siete años.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA QUE SE DEBE EMPLEAR EN LA TRANSFERENCIA DE UN VEHÍCULO:
Muchas veces, cuando decidimos cambiar de vehículo no sabemos que pasos debemos dar, y damos bastantes vueltas para solucionarlo, aunque siempre nos salga bien, pues es necesario que sea así, en el beneficio de lo que todo esto conlleva.

REVOCACIÓN DE LA LICENCIA DE CICLOMOTOR
- Revocacion de la licencia de ciclomotor (nuevo articulo 67,5) Al los conductores de ciclomotor que sean sancionados en firme en vía administrativa por dos infracciones graves en el plazo de dos años, o por una muy grave, les será revocada la licencia, sin perjuicio de que puedan odtener un permiso de conduccion.

PERMISOS DE CONDUCCÍON
Recientemente se ha publicado en alguna revista del sector un resumen de la normativa en materia de trafico para los quads, en el que se exponen los distintos carnets, impuestos, tipos de matriculas, numero de plazas y vías por donde se puede circular.

ARTICULO 118 , CASCOS Y OTROS ELEMENTOS DE PROTECCION
Los conductores y viajeros de motocicletas de dos ruedas , con o sin sidecar, y los conductores de ciclomotores, deberán utilizar adecuadamente cascos de proteccion homologados o certificados segun la legislacion vigente, cuando circulen tanto en vias urbanas como interurbanas.

VENTA DE QUADS DEL 2004
Segun las estadisticas parece que esto de los quads va a ser muy dificil pararlo.

SE PUEDE CAMBIAR LA HOMOLOGACION DE TU QUAD
La ley indica cuatro años para pasar la ITV a tu Quad.

OBTENER LA FICHA TECNICA DE CADA VEHICULO
Para que cada vehículo obtenga su ficha tecnica, los quads han de cumplir con ciertos requisitos de certificacion que conseguiran tras pasar por los laboratorios oficialmente acreditados por el Ministerio de Ciencia y Tecnologia.

LEGISLACIÓN ASTURIAS
Ley 5/1991, de 5 de abril, de protección de los Espacios Naturales.

LEGISLACIÓN PAIS VASCO
EXTRACTO SOBRE LEGISLACION APLICABLE EN EL PAIS VASCO Ley 16/94 de 30 de Junio, de conservación de la Naturaleza del País Vasco.

LEGISLACIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
LEY 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

LEGISLACIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE NAVARRA
EXTRACTO SOBRE LEGISLACION APLICABLE EN NAVARRA Decreto Foral 36/1.

LEGISLACIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Decreto 29/1994 (La Rioja), de 12 de mayo, regulador de la circulación y práctica de deportes con vehículos a motor en montes y terrenos forestales gestionados por la Comunidad (BO La Rioja núm.

LEGISLACION COMUNIDAD VALENCIANA
DECRETO 183/1994, de 1 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la circulación de vehículos por terrenos forestales.

LEGISLACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CATALUÑA
Ley 9/1995 (Cataluña), de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural (BOE de 30 de agosto de 1995) PREAMBULO El fuerte incremento de la circulación de vehículos motorizados en los últimos años ha supuesto un considerable aumento de la presión humana sobre los espacios naturales.

LEGISLACION COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
Decreto 34/2000, de 29 de febrero.

LEGISLACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON
DECRETO 96/1990, de 26 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la circulación y práctica de deportes, con vehículos a motor, en los montes bajo la gestión directa de la Comunidad Autónoma de Aragón.

LEGISLACIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCIA
DECRETO 155/1998, DE 21 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE VÍAS PECUARIAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.

LEGISLACIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
LEY 12/2001, de 15 de noviembre, de Caminos Públicos de Extremadura.

REGULACIÓN GALICIA
LEY 9/2001, de 21 de agosto, de Conservación de la Naturaleza.

LEGISLACIÓN COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN
DECRETO 4/95, de 12 de Enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se regula la circulación y práctica de deportes, con vehículos a motor, en los montes y vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

EL DESCONOCIMIENTO DE LA LEY NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO.
En el mercado nos encontramos, con una oferta de vehículos de muy distintos tipos, en funcion dela cilindrada, numero de ruedas, peso, potencia, usos a los que estan sometidos.



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